Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150723-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 2

120
Autos 100 de 2014

EDICTO

Doña María del Pilar Ferrán Dilla, secretaria sustituta del Juzgado de lo social número 2 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 100 de 2014, a instancias de doña Mercedes Oltra del Cerro, contra “Cosmos Recursos Humanos Industriales, Sociedad Limitada”, don Tomás González-Llamazares Casals (como administrador único), y Fondo de Garantía Salarial, en la que el día 2 de diciembre de 2014, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda que da origen a estas actuaciones, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora doña Mercedes Oltra del Cerro, adoptado el día 17 de diciembre de 2013, condenando a la empresa demandada “Cosmos Recursos Humanos Industriales, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por esta declaración y, a que a su opción, que deberá ejercitar en el término de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución y por mediación de este Juzgado readmita a la actora en iguales condiciones a las que regían con anterioridad al despido o dé por extinguido el contrato de trabajo, con abono en este último caso de la indemnización de 1.507,00 euros, entendiéndose que de no efectuar dicha opción procede la readmisión, y con abono, en el caso de que proceda la readmisión de los salarios dejados de percibir desde que se adoptó el despido y hasta la notificación de esta resolución, a razón de un importe diario de 34,25 euros y condenando al Fondo de Garantía Salarial, en su condición de responsable legal subsidiaria, a estar y pasar por los efectos de esta resolución con las limitaciones legalmente establecidas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, lo que podrá efectuar el interesado al hacerle la notificación con la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por escrito presentado, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social. Es requisito necesario que al tiempo de hacer el anuncio se haga el nombramiento de letrado o graduado social que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo presente en la Secretaría del Juzgado el documento que acredite haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número de cuenta 4467/0000/65/0100/14, abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banco Santander, Sociedad Anónima”, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Igualmente, y al tiempo de anunciar el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 300,00 euros, cuyo impreso tiene a su disposición en la referida entidad bancaria.

A su vez, al interponer el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causahabiente suyo, deberá acreditar haber efectuado el ingreso en el Tesoro Público de la tasa correspondiente a la cuantía del litigio, de conformidad con lo establecido en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Y para que conste y sirva de notificación a “Cosmos Recursos Humanos Industriales, Sociedad Limitada”, y don Tomás González-Llamazares Casals (como administrador único), que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 23 de junio de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/20.445/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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