Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
27-07-2015

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150727-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

52
Creación Junta de Gobierno Local

Por decreto de Alcaldía-Presidencia, de 30 de junio de 2015, registrado con el número 1921, se ha resuelto:

1.o Crear la Junta de Gobierno Local y nombrar miembros de la misma a los siguientes: primer teniente de alcalde, don José Luis Álvarez de Francisco; segunda teniente de alcalde, doña Blanca María Laso Sanz; tercera teniente de alcalde, doña Mercedes Piera Rojo; concejal-delegado de Coordinación General del Gobierno y Administración Electrónica, don Gustavo A. Rico Pérez; concejala-delegada de Familia, Servicios Sociales y Sanidad, doña Paula Gómez-Angulo Amorós; concejala-delegada de Servicios a la Ciudad, Fiestas, Coordinación de Distritos y Distrito Sur, doña Natalia Rey Riveiro, y concejal-delegado de Seguridad Ciudadana, Protección Civil-SAMER, Transportes y Distrito Norte, don David Santos Baeza

2.o La Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria con periodicidad semanal los viernes a las diez horas.

3.o Se delega en la Junta de Gobierno Local las competencias atribuidas al alcalde en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, salvo las que sean indelegables o bien hayan sido delegadas en los concejales, según decreto de Delegaciones de 1 de julio de 2015.

No obstante, el alcalde podrá hacer uso en cualquier momento de las competencias delegadas mediante resolución o decreto.

En Las Rozas de Madrid, a 13 de julio de 2015.—El concejal-delegado de Coordinación General del Gobierno y Administración Electrónica, PD (decreto 1922/2015, de 1 de julio), Gustavo Rico Pérez.

(03/21.553/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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