Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
27-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150727-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

78
Procedimiento 146 de 2015

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 146 de 2015 se ha dictado sentencia, de fecha 18 de junio de 2015, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 18 junio de 2013.—Vistos por doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, habiendo visto y oído los autos de relaciones paterno-filiales contenciosas número 146 de 2015, seguidos en este Juzgado a instancias de la procuradora doña María Concepción del Rey Estévez, en nombre y representación de doña Mirta Peralta Martínez, con la dirección letrada de doña Diana Galindo Serrano, contra don Richard Benítez Escobar, habiendo sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Mirta Peralta Martínez, representada por la procuradora doña María Concepción del Rey Estévez, contra don Richard Benítez Escobar, en situación procesal de rebeldía, se acuerda:

1.o Atribuir la guarda y custodia de las hijas menores a la madre, así como el ejercicio de la patria potestad.

2.o No ha lugar a fijar régimen de visitas de las menores con su padre.

3.o Queda en suspenso la contribución de don Richard Benítez Escobar a los alimentos de las hijas comunes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 4341/0000/39/0146/15 de esta oficina judicial la “Cuenta general de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 43 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los dígitos número 4341/0000/39/0146/15 (sin guiones ni espacios).

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Richard Benítez Escobar se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 18 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.667/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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