Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150728-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

130
Procedimiento ordinario 190 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 190 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia Calvo Suárez, frente a “Residencia de la Tercera Edad Sierra Salud, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña María Antonia Calvo Suárez, defendida por la letrada doña Sara García Heras Castillejo, contra “Residencia de la Tercera Edad Sierra Salud, Sociedad Limitada”, condenando a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad de 1.741,16 euros, incrementados con el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia es firme y no cabe contra ella recurso de suplicación (artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Residencia de la Tercera Edad Sierra Salud, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 29 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.082/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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