Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150729-168

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

168
Procedimiento 849 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 849 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, frente a don Moisés Díaz Díaz, “Explotación y Desarrollo de la Patata, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Explotación y Desarrollo de la Patata, Sociedad Limitada”, y don Moisés Díaz Díaz, debo condenar y condeno a la empresa demandada “Explotación y Desarrollo de la Patata, Sociedad Limitada”, y subsidiariamente, al Instituto Nacional de la Seguridad Social en caso de insolvencia de la empresa, a que abonen a la mutua demandante la cantidad de 12.139,73 euros por las prestaciones anticipadas por la demandante que se reflejan en el hecho probado tercero de esta sentencia.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma la sentencia a la empresa “Explotación y Desarrollo de la Patata, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.238/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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