Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150731-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

49
Designación de presidencias de las Juntas de Distrito

Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia número 1815/2015, de 2 de julio, se ha acordado la designación de las siguientes presidencias de las Juntas Municipales de Distrito de este Ayuntamiento:

— Presidencia de la Junta Municipal del Distrito I: doña Brianda Yáñez Arrondo.

— Presidencia de la Junta Municipal del Distrito II: don Carlos García Nieto.

— Presidencia de la Junta Municipal del Distrito III: doña María Olga García Sánchez.

— Presidencia de la Junta Municipal del Distrito IV: doña Laura Martín Pérez.

— Presidencia de la Junta Municipal del Distrito V: don María Yolanda Besteiro Fuente.

Dichos presidentes/as quedan designados como habilitados y autorizados de los anticipos de caja fija a constituir en cada una de las referidas Juntas Municipales de Distritos, de forma mancomunada junto al concejal-delegado de Hacienda don Fernando Fernández Lara, con la ordenación de la apertura de cuenta corriente para cada Distrito en la entidad de crédito que determine cada habilitado, siendo titular de la mismas el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Anticipo de Caja Fija Junta de Distrito I, II, III, IV o V (el que corresponda) y autorizados de forma mancomunada para la disposición de fondos, los dos habilitados designados anteriormente.

Los perceptores de estos fondos quedan obligados a justificar la aplicación de los mismos, al menos cada tres meses y siempre a 31 de diciembre de cada ejercicio y a cumplir con el resto de las obligaciones a las que se refieren los artículo 190 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, 73 y siguientes del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, de desarrollo de la misma, y 37 de las bases de ejecución del presupuesto general de este Ayuntamiento. A medida que las necesidades aconsejen la reposición de fondos, los habilitados rendirán cuentas ante el tesorero-titular del Órgano de Gestión Tributaria, que las conformará y trasladará a la Intervención General Municipal para su fiscalización y aplicación presupuestaria. Cualquier modificación referida a estas nuevas cuentas de caja fija tanto en su denominación y régimen como en altas, bajas o modificación de los habilitados integrantes, deberá ser decretada por el Alcalde-Presidente.

Lo que se hace público a los efectos de los artículos 124 y 128 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 49, 52, 53 y 113 y siguientes del Reglamento Orgánico Municipal, y 53 y siguientes del Reglamento Orgánico regulador de las Juntas Municipales de Distrito y de la Participación Ciudadana de este Ayuntamiento

Alcalá de Henares, a 17 de julio de 2015.—El secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(03/22.145/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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