Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2015

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150731-79

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

79
Dedicación exclusiva y parcial miembros Corporación

En sesión celebrada el día 13 de julio de 2015, el Pleno del Ayuntamiento adoptó acuerdo que, en su parte sustantiva y con la salvedad del artículo 206 del ROF, dice:

Dedicación exclusiva y parcial, retribuciones, dietas e indemnización miembros Corporación.

Respecto a la asignación de retribuciones por dedicación exclusiva, parcial y asistenciales e indemnizaciones a los miembros de la Corporación, con fundamento en lo establecido en los artículos 75 de la LBRL y 13 del ROF, en atención a las características del municipio, volumen del presupuesto municipal y considerando la asunción de la responsabilidad y dedicación en cada caso, a propuesta del señor alcalde, la Corporación acuerda:

Primero.—Aprobar la siguiente relación de cargos corporativos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva: señor alcalde, don Juan Figueroa Collado.

Segundo.—Aprobar la siguiente relación de cargos corporativos a desempeñar en régimen de dedicación parcial, con:

a) Dedicación completa sin exclusividad:

— Primer teniente de alcalde y portavoz titular Grupo Popular, don Roberto Ronda Villegas.

— Segunda teniente de alcalde, doña Rocío Espinosa Riquelme.

— Tercer teniente de alcalde, don Juan Francisco Fernández Gonzalo.

— Cuarto teniente de alcalde, don Joaquín Aspiroz Cámara.

— Concejala, doña María Iturbide Sanz.

b) Jornada parcial con dedicación en el porcentaje que se indica:

— Concejala y Portavoz suplente Grupo Popular, doña Cristina Aparicio Tordera: 25 por 100.

— Portavoz a designar por el Grupo Ciudadanos: 25 por 100.

— Portavoz a designar por el Grupo Socialista: 25 por 100.

— Portavoz a designar por el Grupo AISA: 25 por 100.

— Portavoz IU-LVCM: don Dionisio de Haro Romero: 25 por 100.

Tercero.—Fijar la cuantía y régimen de retribuciones a percibir por los miembros de la Corporación que desempeñen los anteriores cargos, a percibir a partir del día 13 de junio de 2015, en los términos siguientes:

— Dedicación exclusiva: sueldo bruto anual dividido en catorce mensualidades.

• Señor alcalde: 45.000,00 euros.

— Dedicación parcial: sueldo bruto anual dividido en catorce mensualidades:

• Jornada completa sin exclusividad:

– Primer teniente de alcalde y portavoz titular Grupo Popular, don Roberto Ronda Villegas: 25.000,00 euros.

– Segunda teniente de alcalde, doña Rocío Espinosa Riquelme: 31.500,00 euros.

– Tercer teniente de alcalde, don Juan Francisco Fernández Gonzalo: 25.000,00 euros.

– Cuarta teniente de alcalde, don Joaquín Aspiroz Cámara: 31.500,00 euros.

– Concejala, doña María Iturbide Sanz: 21.400,00 euros.

• Jornada parcial:

– Concejala y Portavoz suplente Grupo Popular, doña Cristina Aparicio Tordera: 9.600,00 euros.

– Portavoz a designar por el Grupo Ciudadanos: 9.600,00 euros.

– Portavoz a designar por el Grupo Socialista: 9.600,00 euros.

– Portavoz a designar por el Grupo AISA: 9.600,00 euros.

– Portavoz IU-LVCM: don Dionisio de Haro Romero: 9.600,00 euros.

Cuarto.—Solicitar ante la oficina territorial de la Tesorería General de la Seguridad Social la afiliación y/o alta en el Régimen General de la Seguridad Social de los anteriores miembros corporativos con efectos desde la fecha de toma de posesión en la forma que legal y reglamentariamente corresponda.

Quinto.—Determinar que los miembros de la Corporación que no tienen asignada dedicación exclusiva ni parcial percibirán la cantidad de 175 euros en concepto de asistencias por la concurrencia efectiva a cada una de las sesiones plenarias; 75 euros por concurrencia a las sesiones de Junta de Gobierno Local y concurrencia a sesiones de las Comisiones Informativas y de los órganos colegiados de la Corporación de los que formen parte.

Sexto.—Determinar que todos los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente autorizados y justificados, en los términos y cuantías que fija el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Séptimo.—Autorizar el gasto que comportan los precedentes acuerdos con cargo a las partidas correspondientes de la estructura presupuestaria vigente

Octavo.—Publicar los precedentes acuerdos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la LBRL.

San Agustín del Guadalix, a 14 de julio de 2015.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.

(03/22.248/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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