Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150731-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

147
Procedimiento ordinario 1.201 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.201 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Juana Cristina Fernández Asensio y don Karen Hovhannisyan, frente a “Accion Labor Group, Sociedad Limitada, ETT”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en sentencia de fecha 18 de mayo de 2015, consistente en haber escrito repetidamente doña Karen Hovhannisyan en vez de don Karen Hovhannisyan, en los siguientes términos:

Donde dice: “doña Karen Hovhannisyan”; debe decir: “”don Karen Hovhannisyan”.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Accion Labor Group, Sociedad Limitada, ETT”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 2 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.741/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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