Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150806-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 1

146
Procedimiento ordinario 344 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha, dictada en la ejecución número 344 de 2015, seguido en este Juzgado de lo social número 1 de Almería y su provincia, en materia de social ordinario, a instancias de doña María Remedios Rodríguez Gallardo, contra “Hottelia Externalización, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el día 23 de mayo de 2017, a las doce y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en carretera de Ronda, número 120, planta 6, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 236 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal forma a “Hottelia Externalización, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo, se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Dado en Almería, a 8 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.014/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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