Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-225

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2

225
Ejecución 287 de 2013

EDICTO

Don José Luis García Roig, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 287 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Sacristán Colodrón, contra la empresa “Tera y Castro, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don José Luis García Roig.—En Valladolid, a 23 de julio de 2015.

Inmueble rústico ubicado en el municipio de La Seca (Valladolid). IDUFIR: 4700100 0427751. Paraje: “Cascajales”, finca número 82, polígono 8 indivisible, con una superficie de 3 hectáreas, 79 áreas y 20 centiáreas. Inscrita a favor de “Tera y Castro, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-84327493, con el 100 por 100 del pleno dominio con carácter propio.

Finca número 12.339 en el Registro de la Propiedad de Medina del Campo (Valladolid), que es objeto de subasta en esta ejecución, ha sido valorado en 40.226,60 euros, en virtud de lo establecido en los artículos 667 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo:

Sacar a pública subasta los inmuebles anteriormente reseñados embargados a la ejecutada “Tera y Castro, Sociedad Limitada”.

Pedir día y hora al secretario judicial encargado, quien facilita el día 16 de septiembre de 2015, a las once y treinta horas, para que tenga lugar la subasta, que se celebrará en la calle Angustias, números 40-44, segunda planta, Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.

Anúnciese por edictos en la forma, contenidos y lugares previstos en los artículos 646, 668 y demás de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

“Tera y Castro, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal núme- ro B-84327493, titular con el 100 por 100 del pleno dominio con carácter propio.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tera y Castro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 23 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.584/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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