Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

96
Ejecución 131 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 470 de 2014, ejecución número 131 de 2015, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Luis Hidalgo de los Ríos, don Gustavo Rodríguez García y don Luis Burgos García, frente a “Diclisol Ibérica, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 13 de julio de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Luis Burgos García, don Ángel Luis Hidalgo de los Ríos y don Gustavo Rodríguez García, frente a la demandada “Diclisol Ibérica, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 20.401,56 euros, desglosado de la siguiente forma:

A don Gustavo Rodríguez García: 6.746,02 euros.

A don Ángel Luis Hidalgo de los Ríos: 7.952,65 euros.

A don Luis Burgos García: 5.702,89 euros.

Y 2.040 euros de interés del 10 por 100 anual en concepto de mora (de los cuales 675 euros corresponden a don Gustavo Rodríguez García, 795 euros corresponden a don Ángel Luis Hidalgo de los Ríos y 570 euros corresponden a don Luis Burgos García), más 1.224 euros y 2.040 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2503/0000/64/0470/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ángela Mostajo Veiga.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Diclisol Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.737/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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