Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150814-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

87
Procedimiento 844 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 844 de 2014, entre doña María Teresa Cortez Altamirano y don Abdón Efraín Sánchez Villasiz, en reclamación de divorcio contencioso, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 412 de 2015

En Madrid, a 13 de julio de 2015.—La ilustrísima señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 844 de 2014 seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, y como demandante, doña María Teresa Cortez Altamirano, con procuradora doña Paloma Rubio Peláez, y de otra, como demandado, don Abdón Efraín Sánchez Villasiz, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora doña Paloma Rubio Peláez, en nombre y representación de doña María Teresa Cortez Altamirano, frente a don Abdón Efraín Sánchez Villasiz, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges don Abdón Efraín Sánchez Villasiz y doña María Teresa Cortez Altamirano, celebrado el día 27 de junio de 1984 en Totoras (Ecuador), con los efectos legales inherentes a tal situación, acordando las siguientes medidas:

1. La atribución de la guardia y custodia de la hija menor común a la madre doña María Teresa Cortez Altamirano, correspondiendo a la madre el ejercicio de la patria potestad sobre la menor.

2. Queda en suspenso la contribución del padre al sostenimiento de la hija común mientras no se acredite capacidad económica don Abdón Efraín Sánchez Villasiz.

3. No ha lugar a fijar régimen de visitas respecto de la hija común a favor del padre don Abdón Efraín Sánchez Villasiz.

Así por esta sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Abdón Efraín Sánchez Villasiz expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.040/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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