Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2015

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150814-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBREGORDO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

65
Nombramiento teniente de alcalde

Decreto de Alcaldía 58/2015, de 31 de julio.—Una vez celebradas las elecciones municipales el pasado día 24 de mayo, y constituido el Ayuntamiento, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular por lo que se refiere a la designación de tenientes de alcalde.

Considerando, que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, en concordancia con las previsiones de la legislación autonómica de régimen local contenidas en el artículo 30 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, corresponde a esta Alcaldía designar a los miembros de la Corporación que han de ostentar las Tenencias de Alcaldía.

Y de acuerdo con las facultades que otorgan a la Alcaldía los artículos 20, 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre; 30 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y 38 y 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dispongo:

Primero.—Nombrar teniente de alcalde de este Ayuntamiento, con efectos del día de la fecha, al concejal miembro de la Corporación Municipal que a continuación se relaciona, el cual sustituirá a esta Alcaldía en los casos de vacante, ausencia o enfermedad: primer teniente de alcalde, don Rafael Gutiérrez Moreno.

Segundo.—A estos efectos, cuando esta Alcaldía tenga que ausentarse del término municipal, establecerá, mediante decreto, la duración de su ausencia, designando al teniente de alcalde que tenga que asumir sus competencias.

De no conferirse esta designación de forma expresa, esta Alcaldía será sustituida por el primer teniente de alcalde, que deberá dar cuenta de ello al resto de la Corporación.

Tercero.—Comunicar este decreto al teniente de alcalde afectado, haciéndole constar que tendrá que mantener informada a esta Alcaldía del ejercicio de sus atribuciones como alcalde accidental, no pudiendo en el citado ejercicio ni modificar las delegaciones ya efectuadas por esta Alcaldía con anterioridad ni otorgar otras nuevas.

Cuarto.—Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se dé cuenta al Ayuntamiento Pleno, en la sesión extraordinaria que se celebre.

Quinto.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID extracto de la presente resolución a los efectos legales oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Robregordo, a 31 de julio de 2015.—La alcaldesa-presidenta, María Cano García.

(03/23.967/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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