Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 206

Fecha del Boletín 
31-08-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150831-28

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 5

28
Procedimiento 70 de 2001

EDICTO

En este Juzgado se sigue declaración de herederos abintestato del finado don Tomás Pérez Merino, en cuya pieza se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Jesús Miguel Gómez Santamaría.— Madrid, a 27 de marzo de 2015.

Visto el estado de la presente pieza, tráigase a la misma copia de los certificados que acreditan el fallecimiento sin testar de don Tomás Pérez Merino.

No conociéndose parientes cercanos de don Tomás Pérez Merino, de conformidad con lo previsto en el artículo 984 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, y habiendo nacido el finado en Madrid, se acuerda fijar edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el pueblo de fallecimiento, anunciando su muerte sin testar y llamando a los que crean con igual o mejor derecho para que comparezcan en el Juzgado a reclamarlo dentro de treinta días.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el secretario judicial, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo dispongo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Tomas Pérez Merino, expido el presente, que se fijará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.406/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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