Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
10-09-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150910-12

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán

12
Concesión subvenciones fomento del asociacionismo

Decreto de 20 de agosto de 2015, de la concejala-presidenta del Distrito de Tetuán, por el que se conceden las subvenciones en base a la Convocatoria para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Tetuán 2015 y se dicta su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

La concejala-presidenta del Distrito de Tetuán en virtud de las atribuciones delegadas por Acuerdo de 16 de julio de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, vistas las actas de las reuniones de la Comisión de Valoración de 21 de mayo y 10 de junio de 2015 y la Propuesta de Resolución Definitiva de 10 de junio de 2015, ha adoptado el siguiente decreto:

«Primero.—Aprobar la concesión de subvenciones a las entidades, para los proyectos y gastos de mantenimiento de sedes sociales y por los importes que figuran en el anexo I y anexo II, respectivamente, así como la relación de solicitudes desestimadas y la no concesión por renuncia a su derecho en los anexos III y IV, en resolución de la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Tetuán para el ejercicio económico 2015, aprobada por decreto de 23 de febrero de 2015.

Segundo.—Disponer del gasto a favor de las entidades y por los importes que se indican en los anexos I y II con cargo a la aplicación presupuestaria 2015/206/924.01/489.01 “Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro” del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2015.

Tercero.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación, igualmente en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la sede electrónica https://sede.madrid.es. De conformidad con el artículo 59.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos.

Cuarto.—Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa».

Madrid, a 20 de agosto de 2015.—La concejala-presidenta del Distrito de Tetuán, Montserrat Galcerán Huguet.



Madrid, a 20 de agosto de 2015.—La gerente en funciones, María Salomé Morillo Sánchez.

(02/4.643/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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