Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 216

Fecha del Boletín 
11-09-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150911-39

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Nombramientos y delegación funciones

La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el siguiente decreto 1669/2015, cuyo texto íntegro dice:

Ante la renuncia del concejal don Juan Carlos Muñoz Fernández, presentada el 30 de julio de 2015, lo que ha supuesto la designación para ese cargo de don José Redondo Fernández, quien tomó posesión en la sesión de Pleno ordinaria celebrada el 26 de agosto de 2015, resuelvo:

Primero.—Nombrar:

— Primer teniente de Alcaldía: don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.

— Segunda teniente de Alcaldía: doña Josefa Gil García.

— Tercer teniente de Alcaldía: don José Redondo Fernández.

— Portavoz: doña Josefa Gil García.

Segundo.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales:

— Don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.

— Doña Josefa Gil García.

— Don José Redondo Fernández.

Tercero.—Delegar en los/las concejales/as que a continuación se especifican y para las materias que se indican:

Concejalía de Hacienda/Educación y Cultura/Información y Tecnología: doña Josefa Gil García, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área de hacienda: impulso y dirección política del seguimiento presupuestario y en concreto:

• Asunción de las tareas propias de la Tesorería-Recaudación.

• Seguimiento de la ejecución presupuestaria.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

— Área de educación: impulso y dirección política de las competencias que en materia de educación pueda tener el Ayuntamiento y en concreto:

• Escuelas públicas municipales, incluida la representación del Ayuntamiento en los órganos propios de las mismas.

• Actividades de carácter docente dirigidas a la mejor formación de la población en general.

• Escuela Infantil Municipal.

• Escuela de Adultos.

• Escuela Municipal de Música, Danza y Teatro.

— Área de cultura: impulso y dirección política tendentes al fomento de la cultura en el municipio y en concreto en:

• Realización de actividades culturales en el municipio.

• Impulso institucional del Auditorio Municipal.

• Impulso institucional de la Biblioteca Municipal.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

— Área de información y tecnologías:

• Puesta en marcha de la nueva forma de relacionarse con la Administración.

• Mantenimiento activo del “Portal del Ciudadano”, que permitirá el acceso, la relación y la gestión de los vecinos con el Ayuntamiento.

• Seguimiento de la página web.

Servicios generales/Seguridad Ciudadana/Deportes: don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área de servicios generales: impulso y dirección política de todas las competencias concernientes al área de servicios generales y parques y jardines y en concreto:

• Seguimiento y planificación de la limpieza viaria y residuos.

• Mobiliario municipal.

• Seguimiento y planificación de la recogida de los vertidos sólidos y urbanos.

• Seguimiento del vertedero municipal.

• Organización y seguimiento del polígono industrial en lo referente a recogida de residuos.

• Seguimiento, planificación y concesión, en su caso, de los permisos a que diera lugar el cementerio y tanatorio municipal.

• Seguimiento del servicio de alumbrado público.

• Seguimiento y control del mantenimiento de las infraestructuras municipales.

• Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (licencia de cala, etcétera).

• Mantenimiento de las zonas de parques y jardines.

• Organización del personal afecto al área.

— Área de seguridad ciudadana: impulso y dirección política de las cuestiones concernientes al área de Policía Local y en concreto:

• Circulación viaria.

• Política de seguridad ciudadana dentro del municipio.

• Dirección, seguimiento y control del Cuerpo de Protección Civil.

• Dirección, seguimiento, control y organización del personal de la Policía Local.

• Resolución de los expedientes de sanción administrativa asignados al área de Policía Local.

• Resolución de los expedientes de retirada de vehículos.

— Área de deportes: impulso y dirección política de todas las actividades deportivas dentro del municipio, lo que se concreta en:

• Seguimiento del IDM (Instalaciones Deportivas Municipales) y de las actividades que se realizan dentro de su ámbito.

• Impulso de las actividades de carácter deportivo.

• Organización y seguimiento del personal adscrito al área.

Concejalía Personal/Sanidad y Medio Ambiente/Infancia y Juventud/Transporte Público: don José Redondo Fernández, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área de personal:

• Impulso de los expedientes relacionados con la selección de personal.

• Seguimiento y dirección política de los derechos y deberes del personal, así como la presidencia de los órganos de relacionados con la negociación colectiva.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a las áreas.

Coordinación de la gestión y política desarrollada en las diferentes Concejalías.

— Área de sanidad y medio ambiente: impulso y dirección política de las competencias que se atribuyan al Ayuntamiento y en concreto:

• Seguimiento y control de la política sanitaria dentro del municipio.

• Seguimiento y control del servicio sanitario y en especial del Centro de Salud Municipal.

• Impulso y seguimiento de la política sanitaria animal.

• Organización del personal afecto al área.

• Impulso y seguimiento de la gestión de la Mancomunidad de Consumo “Henares-Jarama”.

• Impulso y seguimiento de la política de consumo.

• Seguimiento del servicio de información al consumidor que se desarrolla en el municipio.

• Impulso y dirección de todo lo tendente a fomentar un medio ambiente acorde con las necesidades que demanda nuestra población.

• Organización del personal afecto al área.

— Área infancia y juventud: impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada “Infancia y juventud” a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales y en concreto:

• El fomento de actividades que cumplan dicho fin.

• La Casa de la Juventud.

• Protección y atención de los niños y niñas de la localidad.

• Organización del personal afecto al área.

— Transporte público: impulso y dirección política de las competencias propias en transporte, así como el seguimiento de aquellas competencias que siendo de la Comunidad de Madrid o del Estado afecten al transporte exterior de este municipio.

Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

Tercero.—En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales-delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Cuarto.—La delegación general de competencias a favor de los citados concejales a la que anteriormente se ha hecho referencia comportará tanto la facultad de dirección del área correspondiente como su gestión, incluida la firma de cuantos documentos de trámite o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los decretos, sean necesarias para la ejecución de la citada delegación.

Quinto.—Notificar este nombramiento a los concejales designados.

Sexto.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1. del ROF y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.

Septimo.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del ROFCL.

Y para que conste allí donde proceda y surta los efectos oportunos, expido la presente certificación, con la salvedad del artículo 206 del Real Decreto 1568/1986, de 28 de noviembre, a reserva de los términos en que resulte redactado tras su aprobación definitiva, de orden y con el visto bueno de la alcaldesa-presidenta, en Velilla de San Antonio a 27 de agosto de 2015.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del ROF.

En Velilla de San Antonio, a 27 de agosto de 2015.—La alcadesa-presidenta, Antonia Alcázar Jiménez.

(03/24.904/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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