Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
14-09-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150914-33

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

33
Cargos dedicación exclusiva y parcial

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo en relación con el punto 12 del orden del día: aprobación, si procede, de la propuesta de modificación de acuerdo de Pleno de 13 de julio de 2015, sobre régimen de dedicaciones exclusivas y parciales.

Primero.—Se establecen los siguientes cargos a desempeñar el régimen de dedicación exclusiva, con la percepción de las cantidades brutas anuales que en cada caso se hacen constar, de acuerdo con los artículos 75 y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y con el artículo 12.12 del Reglamento Orgánico Municipal:



Segundo.—Se establecen los siguientes cargos a desempeñar el régimen de dedicación parcial, con la percepción de las cantidades brutas anuales que en cada caso se hacen constar, de acuerdo con los artículos 75 y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y con el artículo 12.12 del Reglamento Orgánico Municipal:



Tercero.—Este acuerdo deja sin efecto y sustituye los apartados primero y segundo de la parte dispositiva del acuerdo tomado por el Pleno en la sesión de 13 de julio de 2015, sobre dedicaciones exclusivas y parciales, acuerdo que permanece vigente en los restantes puntos, referidos a cantidades a percibir en concepto de asistencias y las asignaciones a grupos políticos.

Cuarto.—Este acuerdo será hecho público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web, en cumplimiento del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación de este acuerdo, según dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

b) Directamente se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de este acuerdo, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Villaviciosa de Odón, a 1 de septiembre de 2015.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/24.941/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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