Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
17-09-2015

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150917-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

39
Delegación de competencias

La Junta de Gobierno Local, de 27 de julio de 2015, de conformidad con lo previsto en los artículos 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha acordado:

Primero.—Delegar el ejercicio de las competencias en materia de gestión tributaria, inspección, recaudación y actos de cualquiera de los medios de revisión, salvo las atribuidas por una norma específica a otro órgano, y los actos que corresponda dictar en los procedimientos sancionadores derivados de infracciones tributarias, en el concejal-delegado de Hacienda.

Segundo.—En los términos del artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el acuerdo de delegación se deberá publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor el mismo día de su publicación.

Tercero.—De acuerdo con lo previsto en el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los actos que se adopten en ejercicio de esta delegación se dictarán con indicación expresa de esta circunstancia y se considerarán dictados por el órgano delegante.

En Torrejón de Ardoz, a 1 de septiembre de 2015.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/25.218/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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