Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
22-09-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150922-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Convocatoria ayudas comedor escolar

Advertido el error de hecho cometido en el decreto 7933, de 27 de julio de 2015, relativo a la convocatoria de ayudas para el comedor escolar para el primer y segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria para el curso 2015-2016.

En uso de las facultades que me han sido conferidas, he resuelto:

I. Subsanar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, el error de hecho cometido de tal manera que, en el artículo 6, punto 3:

Donde dice:

“La renta familiar se obtendrá por la suma de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia.

Su cuantía se calculará realizando las siguientes operaciones con las cantidades que figuren en las casillas que se indican de sus respectivas declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio 2014:

398 + 424 - 426 + 402 - 435 + 415 - 589”.

Debe decir:

“La renta familiar se obtendrá por la suma de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia.

Su cuantía se calculará realizando las siguientes operaciones con las cantidades que figuren en las casillas que se indican de sus respectivas declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio 2014:

398 + 402 + 415 + 424 - 405 - 416 - 446 - 449 - 450 - 589”.

II. Publicar la presente resolución a los efectos oportunos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 3 de septiembre de 2015.—El concejal-delegado de Cultura y Educación, Fernando Martínez Rodríguez.

(03/25.974/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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