Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
25-09-2015

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150925-37

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

URBANISMO

37
Modificación Puntual Plan Parcial

A los efectos establecidos en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se hace público que con fecha 28 de julio de 2015, el Pleno del Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación Puntual número 2 del Plan Parcial del ZUOP 18 “Capanegra” del Plan General de Ordenación Urbana de Rivas-Vaciamadrid.

Dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, por lo que contra el mismo cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo en plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.

A los efectos prevenidos en el mismo artículo, se hace público que con fecha 3 de septiembre de 2015, se procedió a depositar en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio un proyecto de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual número 2 del Plan Parcial del ZUOP 18 “Capanegra”, junto con copia diligenciada del expediente tramitado para su aprobación, publicándose, en cumplimiento de lo preceptuado en el citado artículo 66.1, en relación con el 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el texto íntegro de las ordenanzas o del articulado del referido Plan.

MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO 2 DEL Z.U.O.P. 18 “CAPANEGRA”

I. MEMORIA

1. Objeto

Esta modificación puntual pretende mejorar la ordenación del sector, de forma que permita que las empresas con un determinado perfil puedan considerar las parcelas resultantes de su interés, facilitando que se instalen en el municipio.

Concretamente, se pretende cambiar de ubicación parte de la zona verde VSG-01, para poder ajustar las superficies de las parcelas A1, D1 y E4, a un tamaño que facilite el futuro emprendimiento de las empresas.

La modificación del Plan Parcial afecta a las siguientes parcelas: A1, D1, D1¢, E4, E4¢, VSG-01, VSG-01¢.

No obstante, indicar que las parcelas VSG-01¢, D1¢ y E4¢ mantendrán su estado original y solo resultarán modificados sus linderos, al variar los de las parcelas VSG-01, D1 y E4.

1.1. Antecedentes

La Revisión del Plan General de Ordenación urbana de Rivas-Vaciamadrid fue aprobada definitivamente por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid en fecha 13 de mayo de 1993.

En él se clasificaba como suelo urbanizable programado los terrenos que comprenden el Sector 8 “Capanegra”, debiendo desarrollarse mediante Plan Parcial de Ordenación, siendo su sistema de ejecución el de compensación.

El Plan Parcial de Ordenación del Sector 8 se aprobó definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid en fecha 20 de marzo de 1997.

La Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 8 se aprobó definitivamente el 26 de julio de 2001.

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, en su sesión de 31 de julio de 2001, adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente el Proyecto de Compensación del Sector 8 “Capanegra” del Plan General de Ordenación Urbana de Rivas-Vaciamadrid. Se inscribió en el Registro de la Propiedad número 2 de Alcalá de Henares en fecha 19 de noviembre de 2001.

Por parte del Ayuntamiento se inicia el proceso de revisión del Plan General de Ordenación Urbana, aprobándose definitivamente en Comisión de Gobierno de la Comunidad de Madrid, el 18 de marzo de 2004, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 22 de abril de 2004.

En el nuevo Plan General el antiguo Sector 8 y el Sector P-2 se convierten en la Zona Urbanística de Ordenación Pormenorizada 18 (ZUOP) “Capanegra”.

Como consecuencia de lo anterior y de diferentes convenios urbanísticos que afectan a cesiones se hizo necesario tramitar un nuevo proyecto de reparcelación que es aprobado por la Junta de Gobierno Local de 13 de octubre de 2004.

Posteriormente, y al objeto de proceder a la mejora de la ordenación pormenorizada prevista en el Plan Parcial del Sector 8, se tramita un Plan Especial de Reforma Interior del citado Sector, que fue aprobado definitivamente el 23 de abril de 2009 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con fecha 2 de junio de 2009.

Con fecha 14 de julio de 2009 se aprobó en Junta de Gobierno Local el proyecto de normalización de las parcelas A1, B2B3, V04, 4, VSG01 y Viario de la ZUOP 18 “Capanegra”. Esta normalización obedece a la necesidad de regularizar la configuración física y definición de los nuevos linderos de, entre ellas las parcelas A1 y VSG01, objeto de la presente modificación puntual.

La presente modificación se realiza con el fin de adecuar el planeamiento existente del ZUOP 18 “Capanegra” a la nueva realidad económica del municipio, derivada de la crisis económica global, la evolución de las necesidades y la transformación del municipio. En este sentido la modificación obedece a conseguir una viabilidad tanto económica como social que favorezca a los intereses socioeconómicos del municipio.

Más concretamente, la modificación puntual se redacta para poder trasladar las parcelas de Parque Empresarial con mayor densidad a la zona más próxima a la estación de metro, y quedarse las parcelas con menos edificabilidad junto a la zona de afección de la carretera donde se demandan parcelas de mayor superficie con menos edificabilidad. Para ello se traslada parte de la zona verde situada en la avenida de Aurelio Álvarez junto a la vía del metro a la zona de afección de la carretera creando así una barrera verde de separación.

En esta actuación el aprovechamiento, la edificabilidad y las zonas verdes del sector permanecen invariables, no siendo necesaria la redistribución de los beneficios y cargas de urbanización entre los propietarios, al haber sido ejecutadas por completo las obras de urbanización del Sector 8, actual ZUOP 18 “Capanegra”.

1.2. Autor del encargo

El promotor de la Modificación Puntual del Plan Parcial es el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, con sede en la plaza de la Constitución, número 1, de Rivas-Vaciamadrid, 28522 Madrid.

1.3. Relación de propietarios afectados

El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid como propietario de las parcelas VSG-01, E4, VSG-01¢, D1¢ y E4¢.

La mercantil “Rivas Futura, Sociedad Anónima Unipersonal”, domiciliada en Rivas-Vaciamadrid, calle Marie Curie, número 5, provista de CIF número A-82806159, como propietaria de las parcelas A1 y D1.

1.4. Marco legal

El Plan se ajusta a la función, contenido sustantivo y documentación establecidos en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid y al Plan General de Ordenación Urbana de Rivas-Vaciamadrid, aprobado definitivamente en Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 18 de marzo de 2004.

En dicho PGOU en el anexo II “De ámbitos de Ordenación en Suelo Urbanizable. Suelos Urbanizables Sectorizados (SUS)”. La ficha del Plan General en las observaciones establece:

— Las determinaciones de la ficha de condiciones para el desarrollo del sector son vinculantes.

— La situación de redes y usos de este esquema de ordenación, tiene el carácter preferente, pudiendo ser modificado por el Plan Parcial de forma justificada.

El Plan Parcial del Sector 8 del PGOU de Rivas-Vaciamadrid, se aprobó definitivamente el 20 de marzo de 1997 por el Ayuntamiento en Pleno. El Proyecto de Reparcelación de la Zona Urbanística de Ordenación Pormenorizada 18 “Capanegra” se aprobó en Junta de Gobierno Local el 13 de octubre de 2004.

Desde su aprobación, las parcelas afectadas por la presente modificación puntual, han sido objeto de posteriores tramitaciones urbanísticas con motivo del inicio de la actual crisis económica, que hizo necesario traspasar edificabilidad de unas parcelas a otras, dependiendo de la demanda del mercado en cada momento y así hacer más viable su desarrollo.

La parcela A1 se quedó con 1 metro cuadrado de edificabilidad, pendiente de un posible aumento de edificabilidad a futuro. Hoy día lo que sobra es edificabilidad ya que la demanda actual es de parcelas con mucha superficie y poca edificabilidad.

En esta modificación se incluyen las parcelas VSG-01¢, D1¢ y E4¢ únicamente porque se modifican sus linderos, al variar el de las parcelas VSG-01, D1 y E4.

2. Descripción estado actual

2.1. Descripción de las parcelas iniciales



Parcela A1:

a) Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente regular, con una superficie de 15.032 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea recta de 144 metros con la zona verde denominada VSG-01; al sur, en línea recta de 144 metros con la parcela A2a; al este, en línea recta de 104,38 metros con la zona de protección del metro Madrid-Rivas-Arganda, y al oeste, en línea recta de 104,31 metros con la calle Marie Curie.

b) Superficie: 15.032 metros cuadrados.

c) Ordenanza: Subzona c-Parque Empresarial.

d) Parcela mínima: 1.500 metros cuadrados.

e) Ocupación máxima de parcela: 60 por 100 s/r.

f) Edificabilidad máxima: 1 metro cuadrado.

g) Uso característico: Terciario.

h) Propietario: “Rivas Futura, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Parcela D1:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente regular, con una superficie de 21.483 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea recta y curva quebrada de 175,93 metros y 16,46 metros con la calle de Tomas Edison y parcela D1¢; al sur, en línea recta de 171,03 metros con la parcela E4; al este, en línea recta quebrada de 113,50 metros con la calle Mariano Barbacid, y al oeste, en línea recta de 118,67 metros con la vía de servicio de la autovía A3.

2. Superficie: 21.483 metros cuadrados.

3. Ordenanza: Subzona c-Parque Empresarial.

4. Parcela mínima: 1.500 metros cuadrados.

5. Ocupación máxima de parcela: 60 por 100 s/r.

6. Edificabilidad máxima: 24.000 metros cuadrados.

7. Uso característico: Terciario.

8. Propietario: “Rivas Futura, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Parcela E4:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente regular, con una superficie de 19.382 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea recta de 171,03 metros con la parcela D1; al sur, en línea recta quebrada de 178,24 metros con la calle Manuel Patarroyo; al este, en línea recta de 112,84 metros con la calle Mariano Barbacid, y al oeste, en línea recta quebrada de 114,14 metros y 13,42 metros con la vía de servicio de la autovía A3 y parcela E4¢.

2. Superficie: 19.382 metros cuadrados.

3. Ordenanza: Subzona c-Parque Empresarial.

4. Parcela mínima: 1.500 metros cuadrados.

5. Ocupación máxima de parcela: 60 por 100 s/r.

6. Edificabilidad máxima: 41.344 metros cuadrados.

7. Uso característico: Terciario.

8. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela VSG-01:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente irregular, con una superficie de 9.242 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea mixta de 164,13 metros con la avenida de Aurelio Álvarez; al sur, en línea recta de 144 metros con la parcela A1; al este, en línea recta de 67,69 metros con la zona de protección del metro Madrid-Rivas-Arganda, y al oeste, en línea mixta de 23,84 metros con la calle Marie Curie y en línea quebrada de 12,54 metros con la parcela VSG 01¢.

2. Superficie: 9.242 metros cuadrados.

3. Ordenanza: Zona 19-Espacios libres y zonas verdes.

4. Parcela mínima: …

5. Ocupación máxima de parcela: ...

6. Edificabilidad máxima: …

7. Uso característico: Espacios libres, zonas verdes y parques.

9. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela D1¢:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma rectangular, con una superficie de 24 metros cuadrados, que linda: al este, con la calle Tomas Edison y con parcela D1 en línea quebrada de tramos rectos de 3,46 metros, y al norte, oeste y sur, con parcela D1 en línea recta quebrada de 16,46 metros.

2. Superficie: 24 metros cuadrados.

3. Uso: Centro de transformación.

4. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela E4¢:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma rectangular, con una superficie de 22 metros cuadrados, que linda: al oeste, con sistema general de servicio de la N-III en línea recta de 6,50 metros, y al norte, este y sur, con parcela E4 en línea recta quebrada de 13,42 metros.

2. Superficie: 22 metros cuadrados.

3. Uso: Centro de transformación.

4. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela VSG-01¢:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma rectangular, con una superficie de 20 metros cuadrados, que linda: al norte, este y sur, con parcela VSG-01 en línea quebrada de 12,57 metros, y al oeste, con calle Marie Curie en línea recta de 6,36 metros.

2. Superficie: 20 metros cuadrados.

3. Uso: Centro de transformación.

4. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

3. Descripción de la propuesta

3.1. Alcance urbanístico

El alcance urbanístico es limitado, de forma que no se modifican las determinaciones sobre la clasificación y categoría del suelo, únicamente se cambia la ubicación de parte de la zona verde VSG-01 para ajustar las superficies de las parcelas A1, D1 y E4, de forma más coherente a las demandas que se han solicitado para las parcelas de este sector, que así podrían satisfacerse.

3.2. Justificación y descripción de la modificación

El presente Plan se realiza con el fin de adecuar el planeamiento existente a la nueva realidad económica del municipio, derivada del marco de crisis global. En el desarrollo del ZUOP 18, se han detectado carencias y necesidades de los emprendedores que requieren ser solventadas.

En este sentido, una modificación puntual del plan parcial del sector permitiría favorecer los intereses de los empresarios que deseen implantarse en el municipio, favoreciendo una mejora tanto económica como social.

Una de las carencias detectadas es la falta de parcelas de gran superficie y poca edificabilidad con uso industrial y comercial en la zona más próxima a la carretera N-III. Esta modificación también permitiría, que llegado el caso, pudieran permutarse parcelas de idéntica superficie.

Por tanto el cambio de ubicación de las parcelas es perfectamente posible dentro de las determinaciones de carácter general que prevea el planeamiento, ya que en modo alguno supone una modificación sustancial de la ordenación propuesta, dado que no se produce modificación del aprovechamiento objetivo del ámbito de actuación ni se produce desequilibrio de las determinaciones estructurantes de planeamiento.

Analizando la distribución actual de las parcelas del sector se observa que en la zona más próxima a la N-III está desarrollada la zona denominada de medianas superficies donde está construido entre otros “Leroy Merlín” o “Decathlon”. Todas estas actividades necesitan grandes parcelas con poca edificabilidad ya que disponen de grandes playas de aparcamiento. Por otro lado en la zona más próxima a la línea de metro, en la calle Marie Curie se sitúan los edificios de oficinas, todos ellos de varias plantas, en este caso son parcelas de mayor edificabilidad en proporción con la superficie de la parcela.

Actualmente la parcela A1 cuyo propietario es “Rivas Futura, Sociedad Anónima Unipersonal”, situada en la calle Marie Curie tiene una superficie de 15.032 metros cuadrados y un solo metro de edificabilidad. Mientras que la parcela E4 de propiedad municipal tiene una superficie de 19.382 metros cuadrados y una edificabilidad de 41.344 metros cuadrados.

La modificación puntual se realiza para aumentar la superficie de la parcela A1 haciéndola coincidir con la superficie de la parcela E4. De esta manera se hará más viable el desarrollo del sector, porque permitirá que si fuera necesario, se pudieran permutar ambas parcelas, dejando así las parcelas de menor edificabilidad junto a la N-III y junto a parcelas con las mismas características y, por otro lado, concentrar todas las parcelas de mayor edificabilidad, destinadas principalmente a oficinas junto a la vía de metro.

El aumento de la superficie de la parcela A1 se consigue al desdoblarse la parcela verde VSG-01, una parte permanece junto a la avenida de Aurelio Álvarez y la otra se ubica entre la carretera nacional y las parcelas D1 y E4, formándose una nueva parcela verde VSG-10. De esta manera no disminuye la zona verde del sector a la vez que se mejoran sus ubicaciones al tener una doble función, de zona verde y de franja de protección entre la carretera y las parcelas.

La parcela E4 cambia su configuración pero no su superficie y la parcela D1 disminuye su superficie al pasar parte de ella a la parcela A1.

Esta modificación afecta a tres parcelas destinadas a centros de transformación por modificarse únicamente la descripción de sus linderos.

Las modificaciones propuestas son las siguientes:

— VSG-01: parcela de espacios libres y zona verde de 9.242 metros cuadrados que reduce su superficie a 4.882 metros cuadrados. Los 4.350 metros cuadrados restantes de zona verde se trasladan junto a las parcela D1 y E4, creándose una nueva parcela de zona verde y espacios libres denominada VSG-10.

— A1: parcela de Parque Empresarial que aumenta su superficie en 4.350 metros cuadrados, pasando a tener 19.382 metros cuadrados (esta parcela permutará su ubicación con la parcela E4).

— D1: parcela de Parque Empresarial que disminuye su superficie en 4.350 metros cuadrados y pasa a tener 17.133 metros cuadrados.

— E4 parcela de Parque Empresarial que varía únicamente su configuración se mantiene su superficie y su edificabilidad (esta parcela permutará su ubicación con la parcela A1).

— VSG-10: parcela de espacios libres y zona verde de nueva creación, con una superficie de 4.350 metros cuadrados.

— D1¢: parcela de centro de transformación que modifica sus linderos.

— E4¢: parcela de centro de transformación que modifica sus linderos.

— VSG-01¢: parcela de centro de transformación que modifica sus linderos.

Se adjuntan cuadros comparativos de las modificaciones surgidas.





Parcelas resultantes

Parcela A1:

a) Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente regular, con una superficie de 19.382 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea recta de 145,26 metros con la zona verde denominada VSG-01; al sur, en línea recta de 144 metros con la parcela A2a; al este, en línea recta de 134,30 metros con la zona de protección del metro Madrid-Rivas-Arganda, y al oeste, en línea recta de 128,17 metros y 9,51 metros con la calle Marie Curie y parcela VSG-01¢.

b) Superficie: 19.382 metros cuadrados.

c) Ordenanza: Subzona c-Parque Empresarial.

d) Parcela mínima: 1.500 metros cuadrados.

e) Ocupación máxima de parcela: 60 por 100 s/r.

f) Edificabilidad máxima: 1 metro cuadrado.

g) Uso característico: Terciario.

h) Propietario: “Rivas Futura, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Parcela D1:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente regular, con una superficie de 17.133 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea recta y curva quebrada de 131,40 metros y 6,50 metros con la calle de Tomas Edison y parcela D1¢; al sur, en línea recta de 153,15 metros con la parcela E4; al este, en línea recta quebrada de 106,86 metros con la calle Mariano Barbacid, y al oeste, en línea recta de 118,67 metros con la parcela VSG-10.

2. Superficie: 17.133 metros cuadrados.

3. Ordenanza: Subzona c-Parque Empresarial.

4. Parcela mínima: 1.500 metros cuadrados.

5. Ocupación máxima de parcela: 60 por 100 s/r.

6. Edificabilidad máxima: 24.000 metros cuadrados.

7. Uso característico: Terciario.

8. Propietario: “Rivas Futura, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Parcela E4:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente regular, con una superficie de 19.382 cuadrados, que linda: al norte, en línea recta de 153,15 metros con la parcela D1; al sur, en línea recta de 153,18 metros con la calle Manuel Patarroyo; al este, en línea recta de 126,57 metros con la calle Mariano Barbacid, y al oeste, en línea recta de 126,55 metros con la parcela VSG-10.

2. Superficie: 19.382 metros cuadrados.

3. Ordenanza: Subzona c-Parque Empresarial.

4. Parcela mínima: 1.500 metros cuadrados.

5. Ocupación máxima de parcela: 60 por 100 s/r.

6. Edificabilidad máxima: 41.344 metros cuadrados.

7. Uso característico: Terciario.

8. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela VSG-01:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente irregular, con una superficie de 4.884 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea mixta de 164,14 metros con la avenida de Aurelio Álvarez; al sur, en línea recta de 145,26 metros con la parcela A1; al este, en línea recta de 37,77 metros con la zona de protección del metro Madrid-Rivas-Arganda, y al oeste, en línea mixta de 3,09 metros con parcela VSG01¢.

2. Superficie: 4.884 metros cuadrados.

3. Ordenanza: Zona 19-Espacios libres y zonas verdes.

4. Parcela mínima: ...

5. Ocupación máxima de parcela: ...

6. Edificabilidad máxima: …

7. Uso característico: Espacios libres, zonas verdes y parques.

8. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela VSG-10:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma sensiblemente irregular, con una superficie de 4.358 metros cuadrados, que linda: al norte, en línea recta de 4,46 metros con parcela D1¢; al sur, en línea recta de 25,10 metros con la calle Manuel Patarroyo; al este, en línea recta de 247,14 metros, parcelas D1 y E4, y al oeste, en línea recta de 267,23 metros y 13,42 metros con la vía de servicio de la autovía A3 y parcela E4¢.

2. Superficie: 4.358 metros cuadrados.

3. Ordenanza: Zona 19-Espacios libres y zonas verdes.

4. Parcela mínima: ...

5. Ocupación máxima de parcela: ...

6. Edificabilidad máxima: …

7. Uso característico: Espacios libres, zonas verdes y parques.

8. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela D1¢:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma rectangular, con una superficie de 24 metros cuadrados, que linda: al este, con la calle Tomas Edison y con parcela VSG-10 en línea quebrada de tramos rectos de 3,46 metros y 4,46 metros, y al sur, con parcela D1 en línea recta quebrada de 6,50 metros.

5. Superficie: 24 metros cuadrados.

6. Uso: Centro de transformación.

7. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

Parcela VSG-01¢:

1. Descripción: parcela en término municipal de Rivas-Vaciamadrid, incluida dentro del ZUOP 18 “Capanegra”, de forma rectangular, con una superficie de 20 metros cuadrados, que linda: al norte, este y sur, con parcela A1 en línea quebrada de 9,51 metros, y al oeste, con calle Marie Curie en línea quebrada de 6,35 metros.

2. Superficie: 20 metros cuadrados.

3. Uso: Centro de transformación.

4. Propietario: Ayuntamiento de Rivas.

En la presente modificación la edificabilidad, el aprovechamiento y las redes de zonas verdes no varían. Tampoco se modifican las ordenanzas del Plan Parcial inicial aprobado.

Con la presente documentación y las cédulas urbanísticas adjuntas en los siguientes anexos queda suficientemente definida la Modificación Puntual número 2 del ZUOP 18 “Capanegra”.

Rivas-Vaciamadrid, a 11 de septiembre de 2015.—La secretaria accidental, Silvia ­Gómez Merino.

(03/26.334/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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