Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
25-09-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150925-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 14

139
Procedimiento ordinario 619 de 2015

EDICTO

Doña María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo social número 14 de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario con el número 619 de 2015, a instancias de doña Olga Loro Jiménez de los Galanes, contra “Cableuropa, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que por medio del presente se cita a “Cableuropa, Sociedad Anónima Unipersonal”, quien se halla en ignorado paradero, para que comparezca ante este Juzgado de lo social, sito en Valencia, Ciudad de la Justicia, autopista del Saler, número 14, Sala número 6, al objeto de celebrar sucesivamente los actos de conciliación y juicio e interrogatorio, y, en su caso, de no comparecer, podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieren las preguntas, estándose señalado el día 9 de diciembre de 2015, a las diez y treinta horas.

Requiérase al demandado para que comparezca personalmente al acto de juicio a fin de practicar la prueba de interrogatorio de la parte, advirtiéndole de que, de no comparecer sin justa causa, podrán reconocerse como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieren las preguntas. En el supuesto de que no haya intervenido personalmente en los hechos litigiosos, se admitirá que el interrogatorio sea respondido en todo o en parte por un tercero que conozca personalmente de los mismos, siempre que el tercero se encuentre a disposición del juez en ese momento, si la parte así lo solicita y acepta responsabilidad de declaración.

En Valencia, a 3 de septiembre de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/26.274/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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