Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
25-09-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150925-40

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

40
Nombramiento tenientes de Alcaldía

La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el decreto 1782/2015, de 11 de septiembre, cuyo texto íntegro es el siguiente:

«Atendiendo a nuevas necesidades de distribución de funciones de esta Alcaldía, resuelvo:

Primero.—Nombrar:

— Primer teniente de Alcaldía: don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.

— Segunda teniente de Alcaldía: doña Josefa Gil García.

— Tercer teniente de Alcaldía: don José Redondo Fernández.

— Portavoz: doña Josefa Gil García.

Segundo.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales:

— Don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez.

— Doña Josefa Gil García.

— Don José Redondo Fernández.

— Doña Juana Hernández Peces.

Tercero.—Delegar en los concejales que a continuación se especifican y para las materias que se indican:

Concejalía de Hacienda, Educación y Cultura, Información y Tecnología: doña Josefa Gil García, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área de Hacienda:

Impulso y dirección política del seguimiento presupuestario, y en concreto:

• Asunción de las tareas propias de la Tesorería-Recaudación.

• Seguimiento de la ejecución presupuestaría.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

— Área de Educación:

Impulso y dirección política de las competencias que en materia de educación pueda tener el Ayuntamiento, y en concreto:

• Escuelas públicas municipales, incluida la representación del Ayuntamiento en los órganos propios de las mismas.

• Actividades de carácter docente dirigidas a la mejor formación de la población en general.

• Escuela Infantil municipal.

• Escuela de Adultos.

• Escuela Municipal de Música, Danza y Teatro.

— Área de Cultura:

Impulso y dirección política tendentes al fomento de la cultura en el municipio, y en concreto en:

• Realización de actividades culturales en el municipio.

• Impulso institucional del auditorio municipal.

• Impulso institucional de la biblioteca municipal.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

— Área de Información y Tecnologías:

• Puesta en marcha de la nueva forma de relacionarse con la Administración.

• Mantenimiento activo del “Portal del Ciudadano”' que permitirá el acceso, la relación y la gestión de los vecinos con el Ayuntamiento.

• Seguimiento de la página web.

Concejalía de Servicios Generales, Deportes: don Rodrigo Alfonso Morales Sánchez, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área de Servicios Generales:

Impulso y dirección política de todas las competencias concernientes al área de servicios generales y parques y jardines, y en concreto:

• Seguimiento y planificación de la limpieza viaria y residuos.

• Mobiliario municipal.

• Seguimiento y planificación de la recogida de los vertidos sólidos y urbanos.

• Seguimiento del vertedero municipal.

• Organización y seguimiento del polígono industrial en lo referente a recogida de residuos.

• Seguimiento, planificación y concesión, en su caso, de los permisos a que diera lugar el cementerio y tanatorio municipal.

• Seguimiento del servicio de alumbrado público.

• Seguimiento y control del mantenimiento de las infraestructuras municipales.

• Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (licencia de cala, etcétera).

• Mantenimiento de las zonas de parques y jardines.

• Organización del personal afecto al área.

— Área de Deportes:

Impulso y dirección política de todas las actividades deportivas dentro del municipio, lo que se concreta en:

• Seguimiento del IDM (Instalaciones Deportivas Municipales), y de las actividades que se realizan dentro de su ámbito.

• Impulso de las actividades de carácter deportivo.

• Organización y seguimiento del personal adscrito al área.

Concejalía de Personal, Sanidad y Medio Ambiente, Transporte Público: don José Redondo Fernández, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área de Personal:

• Impulso de los expedientes relacionados con la selección de personal.

• Seguimiento y dirección política de los derechos y deberes del personal, así como la presidencia de los órganos de relacionados con la negociación colectiva.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a las áreas.

Coordinación de la gestión y política desarrollada en las diferentes Concejalías.

— Área de Sanidad y Medio Ambiente:

Impulso y dirección política de las competencias que se atribuyan al Ayuntamiento, y en concreto:

• Seguimiento y control de la política sanitaria dentro del municipio.

• Seguimiento y control del servicio sanitario y en especial del Centro de Salud Municipal.

• Impulso y seguimiento de la política sanitaria animal.

• Organización del personal afecto al área.

• Impulso y seguimiento de la gestión de la Mancomunidad de Consumo “Henares-Jarama”.

• Impulso y seguimiento de la política de consumo.

• Seguimiento del servicio de información al consumidor que se desarrolla en el municipio.

• Impulso y dirección de todo lo tendente a fomentar un medio ambiente acorde con las necesidades que demanda nuestra población.

• Organización del personal afecto al área.

— Transporte Público:

• Impulso y dirección política de las competencias propias en transporte, así como el seguimiento de aquellas competencias que siendo de la Comunidad de Madrid o del Estado afecten al transporte exterior de este municipio.

• Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

Concejalía de Seguridad Ciudadana, Infancia y Juventud: doña Juana Hernández Peces, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

— Área de Seguridad Ciudadana:

Impulso y dirección política de las cuestiones concernientes al área de Policía Local y en concreto:

• Circulación viaria.

• Política de seguridad ciudadana dentro del municipio.

• Dirección, seguimiento y control del Cuerpo de Protección Civil.

• Dirección, seguimiento, control y organización del personal de la Policía Local

• Resolución de los expedientes de sanción administrativa asignados al área de Policía Local.

• Resolución de los expedientes de retirada de vehículos.

— Área de Infancia y Juventud:

Impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada infancia y juventud, a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales, y en concreto:

• El fomento de actividades que cumplan dicho fin.

• La Casa de la Juventud.

• Protección y atención de los niños y niñas de la localidad.

• Organización del personal afecto al área.

Tercero.—En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales-delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Cuarto.—La delegación general de competencias a favor de los citados concejales, a la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará tanto la facultad de dirección del área correspondiente, como su gestión, incluida la firma de cuantos documentos de trámite o definitivos, incluidas las propuestas de resolución y los decretos, sean necesarias para la ejecución de la citada delegación.

Quinto.—Notificar este nombramiento a los concejales designados.

Sexto.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.

Séptimo.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del ROFCL».

Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.

En Velilla de San Antonio, a 11 de septiembre de 2015.—La alcaldesa-presidenta, Antonia Alcázar Jiménez.

(03/26.328/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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