Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2015

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150926-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2015, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Vigón Oeste, Sociedad Anónima” y delegados sindicales de CC OO y de UGT (PCM-429/2015).

Vista el acta de mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de julio de 2015.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número PCM-0429/2015.

En Madrid, a las nueve y treinta horas del día martes 28 de julio de 2015.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Jesús Manjón Montero.

Vocal: Don Daniel Fernández de Lis Alonso.

Vocal: Don Mariano López de Ayala Genovés.

Vocal: Doña Desirée Moreno Urda.

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha martes 21 de julio de 2015, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Doña Nuria Nieto Gallardo, en calidad de representante legal.

La empresa “Vigón Oeste, Sociedad Anónima”, domiciliada en Centro de Carga Aérea de Barajas, Edificio “MRW Madrid”, de Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Francisco Malagón Muñoz, en calidad de representante de la Federación de Servicios a la Ciudadanía-CC OO.

Doña Rosa Palomar Cepa, en calidad de representante de SMC-UGT Madrid.

Doña Mónica Ponce Rodríguez, en calidad de delegada sindical de CC OO.

Don Francisco Angioletti García, en calidad de delegado sindical de CC OO.

Don Víctor Daniel Escribano Fernández, en calidad de delegado sindical de UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Luis Mercado García, representante de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto.

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. Atendiendo a las características de la actividad que este colectivo de trabajadores realiza, los trabajadores sujetos a contrato a jornada completa disfrutarán de un período de descanso de treinta minutos. Los sujetos a contrato de seis horas, el descanso será de quince minutos, y aquellos con jornada de cuatro horas tendrán un descanso de diez minutos.

2. Todos los trabajadores estarán obligados a fichar el inicio y el final de su tiempo de descanso.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y treinta horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/24.516/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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