Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2015

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150930-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES

99
Juicio de faltas 118 de 2015

EDICTO

Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3, antiguo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 118 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de faltas número 118 de 2015, seguidos por estafa, en el que han sido parte: el ministerio fiscal, don Eugenio Faucha Ayjón y doña Araceli Doncel Salamanca, como perjudicados, y don Luis Toro Gutiérrez, como denunciado.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Luis Toro Gutiérrez, como autor de una falta de estafa, a la pena de multa de dos meses, con una cuota diaria de 10 euros, estableciéndose una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, debiendo indemnizar a doña Araceli Doncel Salamanca en la cantidad de 119,74 euros y a don Eugenio Faucha Ayjón en la cantidad de 112,28 euros, en concepto de responsabilidad civil.

Notifíquese a las partes, en la forma prevista por el artículo 284.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Luis Toro Gutiérrez y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 4 de septiembre de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/25.525/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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