Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150930-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

195
Ejecución 129 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 129 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vicente Mateo Álvarez, frente a doña María Ángeles Mancebo Fernández, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia de 13 de abril de 2015 y auto de 13 de julio de 2015, a favor de la parte ejecutante don Vicente Mateo Álvarez, frente a la demandada doña María Ángeles Mancebo Fernández, parte ejecutada, por un principal de 6.305,75 euros, más 252,23 euros y 630,57 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, don Fernando Herrada Romero, de lo que doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El juez (firmado).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” 2522-0000-64-0129-15.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Ángeles Mancebo Fernández, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.448/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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