Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150930-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

50
Modificación ordenanzas fiscales

De acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2015 adoptó:

Acuerdo provisional de modificación de ordenanzas fiscales: ordenanza general de gestión, recaudación e inspección; número 7, tasa de apertura de establecimientos; número 8, tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local; número 18, precio público por la prestación de los servicios de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos; número 19, precio público por la prestación de los servicios de juventud; número 21, precio público por enseñanzas especiales en establecimientos docentes de las Entidades Locales; número 22, precio público por la cantera de empresas, y número 23, precio público por la prestación del servicio municipal de idiomas por el empleo.

Los citados acuerdos se encuentran expuestos al público en el Área de Hacienda de esta Entidad durante un período de treinta días hábiles a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General ante el Pleno de la Corporación. El acuerdo provisional se entenderá elevado a definitivo si no hubiera reclamación alguna.

En Collado Villalba, a 28 de septiembre de 2015.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.

(03/27.884/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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