Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2015

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150930-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ORDEN de 29 de septiembre de 2015, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifica la Orden 1493/2015, de 18 de marzo, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2015, de subvenciones del Plan de Empleo Joven, Programa de Cualificación Profesional para Aprendices y se establece el plazo de presentación de solicitudes.

El Acuerdo de 18 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno, estableció las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las subvenciones de las medidas de empleo del Plan de Empleo Joven de la Comunidad de Madrid, reservando la convocatoria anual de subvenciones a la correspondiente Orden de la Consejería con competencias de gestión en materia de empleo.

En virtud de la citada habilitación normativa se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73, de 27 de marzo de 2015, la Orden 1493/2015, de 18 de marzo, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2015, de subvenciones del Plan de Empleo Joven, Programa de Cualificación Profesional para Aprendices y se establece el plazo de presentación de solicitudes.

Una vez publicada la convocatoria y teniendo en consideración el saldo de crédito autorizado y las expectativas de presentación de nuevas solicitudes, así como la ampliación de la edad de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, operada mediante la disposición final duodécima de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de Mecanismos de Segunda Oportunidad, Reducción de la Carga Financiera y otras Medidas de Orden Social, es preciso ampliar el plazo de presentación de solicitudes consignado en la convocatoria del año 2015.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el Decreto 25/2015, de 26 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y demás legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Ampliación del plazo de presentación de solicitudes

Se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden 1493/2015, de 18 de marzo, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, hasta el día 20 de noviembre de 2015, inclusive.

Segundo

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

Tercero

Habilitación para la ejecución

Se faculta al titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo para dictar las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para la ejecución y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

Cuarto

Producción de efectos

Esta Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de septiembre de 2015.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/27.913/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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