Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2015

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151006-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8

97
Juicio verbal 123 de 2011

EDICTO

En los autos de juicio verbal número 123 de 2011 se ha dictado sentencia de 28 de septiembre de 2012, cuyo fallo es del tenor literal que sigue:

Fallo

Con estimación íntegra de la demanda interpuesta por “Cellers de L’Arboc SCCL” debo condenar y condeno a don José Luis Zuazo Aramburu al pago de la suma de 4.880,35 euros, a favor de aquella parte actora, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda, hasta su completo pago, interés que se incrementará en dos puntos porcentuales desde la fecha de la sentencia.

Debo condenar y condeno a don José Luis Zuazo Aramburu al pago de las costas procesales generadas, según tasación que se realice en incidente promovido al efecto.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que la misma no es firme, cabiendo contra ella recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el siguiente a su efectiva notificación, siendo resuelto por la Audiencia Provincial.

Así, por esta mi sentencia, que dicto, mando y firmo en el día de su fecha, de la cual se dejará testimonio en los autos de su razón, llevándose su original al libro correspondiente y ejecutoriándose, en su caso, en nombre de Su Majestad el Rey.

Diligencia de publicación.—En el día de la fecha, el juez que suscribe la presente resolución ha procedido a publicarla mediante íntegra lectura, constituido en audiencia pública, de lo que yo, la secretaria judicial. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don José Luis Zuazo Aramburu Cellers, de L’Arboc SCCL”, se expide la presente en Madrid, a 12 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.873/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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