Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
13-10-2015

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151013-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

59
Procedimiento ordinario 592 de 2015

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Décima

En el recurso contencioso-administrativo que tramita esta Sala y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se a acordado librar a usted el presente mediante el cual se interesa disponga lo necesario, a fin de que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el anuncio de interposición del recurso , insertando el texto que a continuación se indica, debiendo comunicar a esta Sala la fecha y número de ejemplar donde quede publicado.

Para conocimiento de las personas a cuyo favor pudieran derivarse derechos del acto administrativo impugnado y de quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento del mismo, se hace saber que por “Prado Herrero, SAT”, con fecha 9 de septiembre de 2015, se ha formulado recurso contencioso-administrativo contra resolución desestimatoria presunta de Comunidad de Madrid, Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, que desestima la solicitud de responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios en la finca Prado Herrero, ocasionados como consecuencia del aumento desmedido de la población de cigüeñas en su finca, lo que ha provocado un desequilibrio ecológico, período 2009-2012, recurso al que ha correspondido el número de procedimiento ordinario 592 de 2015.

Lo que se anuncia para emplazamiento de los que puedan comparecer como demandados en indicado recurso, en el plazo de nueve días.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.927/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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