Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
13-10-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151013-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54

63
Procedimiento ordinario 836 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 836 de 2014, entre “BMW Bank GMBH, sucursal en España” y don Julio Nogueras Calvo, doña Bettina del Río Arnaiz y “Punto d’Argento, Sociedad Limitada Laboral”, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 176 de 2015

Que, en Madrid, a 17 de julio de 2015, pronuncia don Arturo Hernández Presas, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 54 en el juicio ordinario número 836 de 2014 seguido a instancias de “BMW Bank GMBH, sucursal en España”, representada por el procurador de los Tribunales señor García Barrenechea y defendida por el letrado señor Pastor Villarubia, frente a “Punto d’Argento, Sociedad Limitada Laboral”, doña Bettina del Río Arnaiz y don Julio Nogueras Calvo, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales señor García Barrenechea en nombre y representación de “BMW Bank GMBH, sucursal en España”, frente a “Punto d’Argento, Sociedad Limitada Laboral”, doña Bettina del Río Arnaiz y don Julio Nogueras Calvo, en rebeldía:

1.o Declaro extinguido el contrato de arrendamiento financiero formalizado el 30 de julio de 2007, entre las partes, número 232182.

2.o Condeno a “Punto d’Argento, Sociedad Limitada Laboral”:

A restituir a la demandante el vehículo BMW, modelo X5, matrícula 0043-FTP, y número de bastidor WBAFF41030L048120.

A pagar la suma de 986,14 euros mensuales desde el fin del contrato el 30 de julio de 2011 y hasta la efectiva devolución del vehículo.

A pagar la suma de 67.059,69 euros de deuda existente a la fecha de cierre de la cuenta en febrero de 2014, con los intereses de demora pactados (2,5 por 100 mensual).

3.o Condeno a doña Bettina del Río Arnaiz y don Julio Nogueras Calvo a responder de aquellas cantidades de forma solidaria.

4.o Condeno a los demandados al pago de las costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2651-0000-04-0836-14 de este órgano.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a don Julio Nogueras Calvo, doña Bettina del Río Arnaiz y “Punto d’Argento, Sociedad Limitada Laboral”, en situación de rebeldía procesal, con domicilio desconocido, expido y firmo la presente para su publicación el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Madrid, a 17 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.961/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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