Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
13-10-2015

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151013-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

10
ORDEN 2258/2015, de 29 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, relativa a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, correspondiente al Sector 2 “Rancho Chico”.

I. La presente orden tiene por objeto aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, para el cambio de la clasificación del suelo del Sector 2 “Rancho Chico”, pasando de Suelo Urbanizable a Suelo Urbano Consolidado, con la delimitación de un Área de Planeamiento Específico.

El ámbito al que afecta la actuación pretendida coincide con el delimitado en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal vigentes como Sector 2, “Rancho Chico”, más algunas parcelas situadas en su entorno.

Se modifican de los parámetros de desarrollo establecidos en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, en particular los que a continuación se detallan:

— Un incremento de un 45,39 por 100 en el número de viviendas (197 nuevas viviendas), pasando de las 434 previstas a 631.

— Reconsideración de las redes públicas, con modificación de trazados y nivel jerárquico de alguna de ellas. En concreto, la calificación como Red Supramunicipal del suelo de protección de la línea eléctrica, anteriormente incluida en las redes generales, y paso a Red Local de parte de la zona verde situada al norte del Sector.

— Flexibilización en el régimen de usos compatibles en zonas verdes públicas, para hacer compatibles edificios ya existentes.

— Adscripción de un 45 por 100 de las viviendas a algún régimen de protección pública.

II. En relación al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo, en sus informes técnico y jurídico, ambos de fecha 21 de septiembre de 2015, señala lo siguiente:

En lo referente a la viabilidad de la Modificación Puntual, la documentación aportada justifica su conformidad con las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 1.6.3, al contener una declaración explícita del interés general municipal, suscrita por el Ayuntamiento de Loeches en documento específico de la Alcaldía, de fecha 9 de septiembre de 2015. Esta circunstancia habilita la variación correspondiente al incremento de densidad propuesto del 1,12 por 100.

Igualmente, el documento presentado justifica la condición de Suelo Urbano de los terrenos objeto de la Modificación Puntual, de conformidad con el contenido del artículo 14.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y, asimismo, el cumplimiento del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.

Las cesiones reguladas a estos efectos, en el artículo 16.2.a) del citado texto refundido, para las Actuaciones de Dotación, se remiten a lo fijado por la legislación reguladora de la ordenación territorial y urbanística, que, en el presente caso, corresponde a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Entre la documentación aportada se recoge, en las páginas 10 y 11, el cálculo desglosado de las cesiones realizadas que son superiores en más del 50 por 100 a las que serían exigibles, dando con ello cumplimiento a lo establecido en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

III. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 y siguientes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

Constan en el expediente los informes de los siguientes organismos: Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”; Dirección General de Evaluación Ambiental; Dirección General de Aviación Civil; Dirección General de Industria, Energía y Minas; Dirección General de Carreteras; Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información; y Red Eléctrica de España.

IV. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de septiembre de 2015, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el 21 de septiembre de 2015, acordó informar favorablemente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, correspondiente al Sector 2 “Rancho Chico”, con las condiciones contenidas en los informes obrantes en el expediente.

V. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio aprobar definitivamente, previo informe de la Comisión de Urbanismo, las modificaciones de los Planes Generales y de los Planes de Sectorización de los municipios con población de derecho inferior a 15.000 habitantes, como en el presente caso.

VI. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación de la presente Orden, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicada la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial, el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 24 de abril de 2009.

En virtud de la fundamentación expuesta, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2015,

DISPONGO

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, correspondiente al Sector 2 “Rancho Chico”, con las condiciones que señala el informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid de 29 de septiembre de 2015.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 29 de septiembre de 2015.

El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, JAIME GONZÁLEZ TABOADA

(03/29.048/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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