Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2015

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151016-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

19
RESOLUCIÓN 37/2015, de 29 de septiembre, del Director General de Juventud y Deporte, por la que se dispone la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Caza.

En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 2938/2015, de 28 de septiembre, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, se aprobó la modificación de los artículos 3 y 25 de los Estatutos de la Federación Madrileña de Caza, se dispuso su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y se ordenó la publicación de la modificación de los Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud,

RESUELVO

Disponer la publicación de la modificación de los artículos 3 y 25 de los Estatutos de la Federación Madrileña de Caza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contenida en el Anexo a la presente Resolución.

Madrid, a 29 de septiembre de 2015.—El Director General de Juventud y Deporte, Pablo Salazar Gordon.

ANEXO

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE CAZA

Artículo 3

Las disciplinas deportivas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Caza son las siguientes:

— Caza menor con perro.

— Tiro de palomas a brazo y a tubo.

— Tiro de codornices a tubo.

— Perros de caza.

— Perros de muestra.

— Caza San Huberto.

— Recorridos de caza.

— Recorridos en cancha (“compak sporting”).

— Silvestrismo.

— Cetrería.

— Caza mayor.

— Caza con arco.

— Becadas.

— “Agility”.

— Otras disciplinas cinegéticas.

Artículo 25

Corresponde a la Federación Madrileña de Caza, como competencias propias, el gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación del deporte de la caza en el territorio de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, es propio de la Federación Madrileña de Caza:

a) El gobierno y organización de la Federación Madrileña de Caza, de acuerdo con sus órganos correspondientes y en cumplimiento de lo previsto en los presentes Estatutos.

b) La administración y gestión federativa del deporte de la caza en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

c) Formar, titular y calificar a los jueces y/o técnicos deportivos en el ámbito de sus competencias.

d) Tutelar, controlar y supervisar a sus federados, de acuerdo con las competencias que le reconoce el ordenamiento jurídico deportivo.

e) Promocionar, organizar y controlar las actividades federativas deportivas dirigidas al público.

f) Velar por el cumplimiento de las disposiciones por las que se rige el deporte de la caza.

g) Todo lo que no se halle explícito en el siguiente artículo y sea inherente a sus fines sociales y al deporte de la caza.

h) Promocionar el deporte de la caza, la conservación del medio ambiente e impulsar estudios cinegéticos.

i) Divulgar el contenido de la Ley de Caza y su Reglamento, así como organizar campañas en defensa del medio ambiente, colaborando con la Comunidad de Madrid en la formación de cazadores y en la prevención, control y represión de métodos de caza sancionados en la vigente Ley de Caza.

j) Asumir la enseñanza que legalmente se exija en materia de obtención de la licencia de caza y, en su caso, formar parte de los tribunales de examen.

k) Gestionar la obtención de subvenciones de la Federación Española y de organismos oficiales o particulares de cualquier ámbito para la promoción de la caza y de las competiciones.

l) Participar activamente en la conservación y protección del medioambiente como entidad de custodia del territorio a través del desarrollo de acuerdos de custodia voluntarios y estrategias de custodia que permitan conservación y gestión del patrimonio natural derivado de los usos y actividades socioeconómicas compatibles con el medioambiente de la Comunidad de Madrid y zonas limítrofes.

(03/28.649/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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