Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
16-10-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151016-154

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 3

154
Procedimiento ordinario 724 de 2014

EDICTO

Doña Raquel Martín Andrés, secretaria del Juzgado de lo social número 3 de León.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Óscar Rivero López, contra “Movimientos y Explotaciones Industriales, Sociedad Limitada”, “Explotaciones y Construcciones Civiles, Sociedad Limitada”, “Administradores Concursales Independientes, S. L. P.”, y “Mapfre Seguros Generales Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 724 de 2014, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Movimientos y Explotaciones Industriales, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, a fin de que comparezca el día 22 de enero de 2016, a las nueve y treinta horas, en la avenida Sáenz de Miera, número 6, Sala número 9, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y de que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representadas técnicamente por graduado social colegiado o representadas por procurador pondrán esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Movimientos y Explotaciones Industriales, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En León, a 28 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.707/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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