Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
20-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151020-136

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

136
Procedimiento cese en general 1.722 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.722 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Claudín López, frente a Fundación Arte y Derecho, ministerio fiscal y Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando de forma parcial la demanda interpuesta por don Víctor Claudín López, contra Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos y Fundación Arte y Derecho, con citación del Fondo de Garantía Salarial y el ministerio fiscal:

1. Declaro la improcedencia del despido del demandante producido el día 29 de octubre de 2009.

2. Condeno a Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos a que a su opción que deberá realizar en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, proceda a la readmisión del demandante en las condiciones anteriores al despido o le abone una indemnización por importe de 3.799,95 euros, de los que la indicada entidad ha consignado el importe de 3.080,70 euros.

3. Condeno a Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, en cualquier caso, a que abone al demandante los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la de la sentencia, a razón de un importe diario de 72,38 euros, con deducción del salario mínimo interprofesional correspondiente al período de ocupación posterior indicado en los hechos probados.

4. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los pronunciamientos de la sentencia.

5. Se tiene a la parte actora por desistida frente a la Fundación Arte y Derecho.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria “Banco Santander”, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada cuenta como depósito la cantidad de 300 euros.

Asimismo, el recurrente, si no fuera el demandante u otra persona legalmente exenta, deberá abonar las tasas a las que venga obligado en virtud de lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fundación Arte y Derecho, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 18 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.935/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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