Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
20-10-2015

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151020-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2015, de la Directora General de Trabajo, sobre denegación de depósito de modificación de los Estatutos de la organización denominada Asociación de Agricultores y Ganaderos de Anchuelo (depósito número 2172).

Visto el escrito y la documentación presentada por don Jesús Anchuelo Sánchez en el Registro de esta Dirección General de Trabajo en el que solicita el depósito de la modificación de los Estatutos de la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Anchuelo, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Que habiéndose examinado la documentación presentada se observó la existencia de determinadas anomalías, por lo que se requirió a la citada asociación mediante escrito, recibido en fecha 25 de mayo de 2015, para que las subsanaran y se presentase la documentación que se detallaba en dicho escrito de requerimiento.

Segundo

Que, conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el citado requerimiento se daba un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos observados, sin que en la fecha de la presente Resolución se haya presentado escrito alguno de la asociación, por el que se subsanen tales defectos, por lo que se ha superado con creces dicho plazo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Que la competencia de esta Dirección General de Trabajo para formalizar el registro de depósito de los Estatutos de las asociaciones profesionales, le viene atribuida por la Ley 19/1977, de 21 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; el Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre Depósito de los Estatutos de Organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Trabajo, y demás disposiciones complementarias y concordantes.

Segundo

Que de acuerdo con lo señalado en el citado artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el supuesto de que no se atienda al requerimiento de aportar toda la documentación debidamente cumplimentada o de subsanar determinados defectos en el plazo de diez días, la petición formulada se tendrá por desistida. Asimismo, conforme al artículo 92 de la citada Ley 30/1992, al haber transcurrido tres meses sin que se haya atendido el requerimiento se procederá al archivo de la solicitud del interesado de que se efectúe el depósito de los Estatutos y de la constitución de la asociación solicitada sin que pueda atribuirse a la misma efecto alguno.

Por lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA

Tener por desistida la solicitud de la modificación de los Estatutos de la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Anchuelo y declarar que se archive el expediente correspondiente a dicha petición.

Notifíquese íntegramente la presente Resolución, de conformidad con el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con indicación de que es definitiva en esta vía administrativa, pudiendo ser impugnada ante los Juzgados de lo Social en el plazo de diez días hábiles siguientes a aquel en que sea recibida la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.o j) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Madrid, a 18 de septiembre de 2015.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

(03/29.015/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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