Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151022-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1

199
Ejecución 151 de 2015

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 151 de 2015, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Blas Sánchez López, contra “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 22 de septiembre de 2015 se ha dictado auto con la parte dispositiva siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a despachar ejecución contra “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, por la suma de 2.907,08 euros en concepto de principal, más la de 600,00 euros calculados para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en tres días.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Francisca Martínez Molina, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Jaén”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jaén, a 22 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.238/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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