Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151022-207

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10

207
Procedimiento 884 de 2013

EDICTO

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 884 de 2013 a instancias de la parte actora don Sergio Alcántara Fernández, contra “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de 15 de septiembre de 2015, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Autos número 884 de 2013, sobre cantidad.

Sentencia número 343 de 2015

En Madrid, a 15 de septiembre de 2015.—Doña Carmen Lucendo González, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla y su provincia, tras haber visto los presentes autos sobre reclamación de cantidad, seguidos entre don Sergio Alcántara Fernández como parte demandante y “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada” como demandada, en nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia.

Fallo

Con estimación íntegra de la demanda interpuesta por don Sergio Alcántara Fernández, contra “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada”, condeno a la entidad demandada a satisfacer al actor la suma de 4.773,48 euros.

Contra dicha resolución y de conformidad con el artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, anunciándolo ante este Juzgado en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Advirtiéndose a la empresa condenada que si recurre, deberá acreditar al anunciar el recurso, mediante la presentación del oportuno resguardo, el ingreso, conforme establecen los artículo 229 y 230 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, de la cantidad a la que se le condena en la cuenta número 4029-0000-68-0884-13, abierta a nombre de este Juzgado en “Banco Santander”, sucursal calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, entidad 0030, sucursal 4325, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anuncio de recurso. Además, deberá la condenada depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de consignación número 4029-0000-65-0884-13, de la misma entidad 0030 y sucursal 4325.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Bursan Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 17 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.130/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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