Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151022-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARANJUEZ NÚMERO 4

61
Procedimiento 149 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio contencioso número 149 de 2015 se ha dictado la resolución que en su parte bastante es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 102

En Aranjuez, a 3 de septiembre de 2015.—Vistos por mí, don David Pérez García-Patrón, juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Aranjuez, los presentes autos de procedimiento de divorcio contencioso, seguidos en este Juzgado bajo el número 149 de 2015, en los que aparece como demandante don José Guillermo Pedraza Collado, representado por la procuradora doña Julia Parra Reaño y asistida de la letrada doña María Nieves Moreno Camarero, frente a doña María Nidia López González, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por don José Guillermo Pedraza Collado, representado por la procuradora doña Julia Parra Reaño, frente a doña María Nidia López González, en situación de rebeldía procesal, y en su virtud:

1. Declarar la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por las partes el día 5 de junio de 2011 en Aranjuez, con los efectos inherentes por ley y en concreto los siguientes:

a) Cese de la obligación de convivir en el mismo domicilio.

b) Revocación de todos los poderes y consentimientos que los cónyuges se hayan otorgado.

c) Disolución del matrimonio y disolución del régimen económico conyugal.

2. Se adoptan las siguientes medidas definitivas:

a) Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, sita en la calle Yellowstone, número 15, de Aranjuez, a don José Guillermo Pedraza Collado.

3. Comuníquese la presente resolución al Registro Civil de Aranjuez para practicar la inscripción oportuna.

4. No ha lugar a pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma procede recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Así por esta sentencia, lo acuerda, manda y firma don David Pérez García-Patrón, juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Aranjuez.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María Nidia López González, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Aranjuez, a 9 de septiembre de 2015.—El secretario (firmado).

(02/5.148/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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