Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151022-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

107
Ejecución 1.364 de 2014

EDICTO

Doña María Ángeles Charriel Ardebol secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.364 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Bautista Arnaiz frente a “Gin and Go, Sociedad Limitada”, y “Lasal Comunicación y Eventos Ga, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 8 de julio de 2015.—Don Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, tras haber visto los presentes autos en materia de despido, seguidos a instancias de doña Raquel Bautista Arnaiz, con DNI 09008051-D, asistida de la letrada doña María Blanca Pérez Hernández, contra “Gin and Go, Sociedad Limitada”, y contra “Lasal Comunicación y Eventos Ga, Sociedad Limitada”, ha pronunciado en nombre del Rey el siguiente

Fallo

Estimo la demanda de despido interpuesta por doña Raquel Bautista Arnaiz contra las empresas “Gin and Go, Sociedad Limitada”, y “Lasal Comunicación y Eventos Ga, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia del despido efectuado por las mismas, condenándolas a que readmitan a la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido o a que, si así lo manifiestan por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, la indemnicen con la cantidad de 580,11 euros, así como, en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 42,19 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lasal Comunicación y Eventos Ga, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.249/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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