Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
27-10-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151027-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

176
Procedimiento 778 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Asunto en que se acuerda: procedimiento número 778 de 2015, promovido por don Marcos Gómez Gómez, sobre resolución contrato.

Persona que se cita: “Editec Medioambiente, Sociedad Limitada”, y “Centro Asistido San Agustín, Sociedad Limitada”, como parte demandada.

Objeto de la citación y requerimiento: asistir a los actos de conciliación y juicio y se le concede a las empresas referidas para que en el plazo de cuatro días manifiesten lo que a su derecho convenga en relación con las medidas cautelares solicitadas.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado de lo social número 2 de Móstoles, sito en la calle San Antonio, números 6, 28931 Móstoles, el día 19 de noviembre de 2015, a las diez cuarenta y cinco horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparece y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

En Móstoles, a 7 de octubre de 2015.—La secretaria judicial, María Isabel Cano Campaña.

(03/30.001/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151027-176