Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
27-10-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151027-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

59
Procedimiento 1.018 de 2014

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 1.018 de 2014, en los que ha recaído sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda presentada por el procurador don Javier Nogales Díaz, en nombre y representación de doña Eva María Zúñiga Arnau, frente a don Meagan Radhakrishnan Baloomoody, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges doña Eva María Zúñiga Arnadu y don Meagan Radhakrishnan Baloomoody, celebrado en Londres el día 21 de abril de 2012, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil Central, al que se acompañará testimonio de esta resolución a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquese la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 4341-0000-00-1018-14 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en el “Banco Santander”. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid y, en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 4341-0000-00-1018-14 (sin guiones ni espacios). No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Y para que sirva de notificación al demandado, en ignorado paradero, don Meagan Radhakrishnan Baloomoody, expido el firmo la presente en Madrid, a 17 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.193/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151027-59