Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151028-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 2

87
Procedimiento 447 de 2015

EDICTO

Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Córdoba.

Hace saber: Que en virtud de diligencia de ordenación dictada en esta fecha en los autos número 447 de 2015 se ha acordado citar a “Matrimad, Sociedad Limitada”, “Tubefac, Sociedad Limitada”, y “Matricor, Sociedad Limitada”, como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezca el día 27 de noviembre de 2015, a las diez y quince horas para asistir a los actos de conciliación y juicio, en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo social, sito en la calle Doce de Octubre, número 2 (pasaje), planta tercera, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para interrogatorio al representante de las demandadas, al que se advierte de que de no comparecer sin justa causa podrán ser reconocidos como ciertos los hechos a que se refieran las preguntas, sin que dicha citación, implique pronunciamiento sobre la admisión o declaración de pertinencia de dicha prueba, que, en su caso, habrá de proponerse en el acto del juicio y resolverse en el mismo.

Para el caso de que la demandada sea una persona jurídica privada, se le apercibe de que, si el representante legal de la misma que compareciere a juicio con facultades para responder al interrogatorio no hubiera intervenido en los hechos, deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos, conforme dispone el artículo 91.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el apartado 2 de la misma norma legal citada.

Requiérase a las demandadas para que, en el acto del juicio, aporten los documentos interesados en el otrosí digo de la demanda, advirtiéndosele que de no efectuarlo sin que medie justa causa, caso de admitirse dicha prueba documental en el acto del juicio, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la citada prueba.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo social copia de la demanda presentada.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y para su colocación en el tablón de anuncios.

Y para que sirva de citación a “Matrimad, Sociedad Limitada”, “Tubefac, Sociedad Limitada”, y “Matricor, Sociedad Limitada”.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

En Córdoba, a 29 de septiembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.031/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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