Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151028-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

67
Procedimiento ordinario 628 de 2015

EDICTO

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 628 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Geovanny Peña Lapo y don Washington Daniel Cortez Calderón, frente a “Mantenimientos Cerrajería y Automatismos”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Geovanny Peña Lapo y don Washington Daniel Cortez Calderón, contra “Mantenimientos Cerrajería y Automatismos, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia:

Se condena a la demandada a que abone a los actores las siguientes cantidades:

— A don Geovanny Peña Lapo, la cantidad de 7.259,83 euros.

— A don Washington Daniel Cortez Calderón, la cantidad de 7.773,95 euros.

Se condena a la demandada a los intereses del fundamento jurídico cuarto de la presente resolución.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial se declara su deber de estar y pasar por lo anterior sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a la relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida y que deberá debatirse en ulterior proceso que, en su caso, pueda suscitarse entre ellos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento Cerrajería y Automatismo”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/30.540/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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