Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151029-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3

101
Procedimiento 869 de 2013

EDICTO

En el juicio de modificación de medidas definitivas número 869 de 2013, a instancias de doña Laila Bakkal, contra don Mohamed Namar, se ha dictado resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Pozuelo de Alarcón, a 11 de junio de 2015.

Parte dispositiva:

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación de doña Laila Bakkal, frente a don Mohamed Namar, sobre modificación de medidas definitivas, acuerdo la modificación de la sentencia de 4 de julio de 2012 dictada por este Juzgado en el procedimiento número 66 de 2011, todo ello en el sentido de que procede acordar la atribución a la madre del ejercicio exclusivo de la patria potestad respecto de la hija menor Yasmin, medida que tendrá vigor durante los próximos dos años, a contar desde el dictado de la presente resolución, sin hacer expresa imposición de costas en atención al carácter familiar del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, a contar desde su notificación, y del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, que se unirá al legajo de su clase y por certificación a los autos de su razón, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Carmen Longo Pérez, jueza de este Juzgado.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifique a don Mohamed Namar la sentencia, por encontrarse en ignorado paradero, con los apercibimientos a que ha lugar en derecho.

En Pozuelo de Alarcón, a 23 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.045/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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