Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
30-10-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151030-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

62
Leganés número 8. Juicio de faltas 331 de 2015

EDICTO

Doña Matilde García Moreno, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 331 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Grand Delgado, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 8 de esta ciudad, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 331 de 2015, sobre falta de hurto, habiendo sido partes: el establecimiento “Primark”, en calidad de perjudicada; don Juan Carlos Cano Bermúdez, en calidad de denunciado, y el ministerio fiscal, en representación de la acción pública.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Juan Carlos Cano Bermúdez, como autor penalmente responsable de una falta de hurto, a la pena de cuarenta días de multa, con cuota diaria de 6 euros, haciendo un total de 240 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas de este procedimiento.

Se alza el depósito de los efectos que fueron intervenidos y que quedaron en poder de la perjudicada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en cinco días a contar desde su notificación, mediante escrito motivado a presentar en este Juzgado para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Carlos Cano Bermúdez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 25 de septiembre de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/29.217/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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