Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLACONEJOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villaconejos. Régimen económico. Padrón tasas 2015

Por decreto de Alcaldía 289/2015, de 14 de octubre, ha sido aprobado el padrón correspondiente a tasas, ejercicio 2015. En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dicho padrón durante el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarlos pudiendo interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública de los padrones, ante el alcalde-presidente como paso previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 del Nuevo Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre de 2015, se pondrán al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes al impuesto anteriormente señalado.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Lugar de pago: en cualquier oficina de “Bankia”, “Caixabank “, “Caja Rural de Toledo” o “Banco Santander”, los duplicados de los recibos podrán solicitarse en la Oficina Municipal de Recaudación.

Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Villaconejos, a 14 de octubre de 2015.—El alcalde, Adolfo Pacheco Sánchez.

(02/5.307/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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