Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151105-37

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

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Madrid número 36. Procedimiento ordinario 72 de 2014

EDICTO

Don Miguel Anaya del Olmo, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario, derecho al honor número 72 de 2014, instados por la procuradora señora Echavarría Terroba, en nombre de doña María Fernanda Hurtado Carrillo y doña María Teresa Hurtado Carrillo, contra doña Argentina Gil Londoño, en paradero desconocido, y “La Fábrica de la Tele, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado en fecha 29 de junio de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña María Fernanda y doña María Teresa Hurtado Carrillo, representadas por la procuradora doña Carmen Echavarría Terroba, contra doña Argentina Gil Londoño, declarada en rebeldía, y contra “La Fábrica de la Tele, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Ludovico Moreno Martín, debo declarar y declaro que lesionado ilegítimamente el derecho al honor y a la intimidad de las demandantes, condeno a las demandadas a abonar a las demandantes la cantidad de 600.000 euros, 300.000 euros a cada una de ellas. “La Fábrica de la Tele, Sociedad Limitada”, divulgará la presente sentencia en el programa “Sálvame” en los cinco días siguientes a la firmeza de la presente. Con condena en costas a las demandadas.

Contra la presente resolución podrán las partes interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación en la forma y requisitos establecidos en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Argentina Gil Londoño, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.403/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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