Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151105-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68

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Madrid número 68. Juicio verbal 757 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 757 de 2014 entre “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, y don Luis Enrique Sevillano Lara, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 227 de 2014

En Madrid, a 15 de diciembre de 2014.—Don Javier Mauleón Álvarez de Linera, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 68 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio verbal sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, instados por la procuradora doña Beatriz Prieto Cuevas, en nombre y representación de la entidad “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, asistida del abogado don Marcos Guallar Feijó, contra don Luis Enrique Sevillano Lara, que no ha comparecido y fue declarado rebelde.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora doña Beatriz Prieto Cuevas, en nombre y representación de la entidad “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, contra don Luis Enrique Sevillano Lara, y en consecuencia, declaro resuelto el contrato de suministro suscrito entre las partes y relativo a la vivienda sita en Madrid, calle Benadalid, número 7, primero A, le condeno a abonar a la actora la suma de 1.241,45 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, y a permitir que la actora pueda acceder a la vivienda dicha y proceder a la toma de lectura del contador para determinar el consumo habido hasta esa fecha y llevar a acabo la desconexión y retirada de dicho contador, con condena al pago del consumo de gas que de tal lectura resulte, con expreso apercibimiento de que, de no hacerlo voluntariamente, se constituirá la comisión judicial en dicho domicilio para llevarlo a cabo, con imposición de las costas causadas.

Notifíquese la presente sentencia y hágase saber que contra la misma no cabe recurso dada la cuantía.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Luis Enrique Sevillano Lara expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de octubre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.364/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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