Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
09-11-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151109-6

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

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Fuenlabrada número 2. Procedimiento 1.221 de 2014

EDICTO

Doña Silvia Álvarez Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Da fe: Que, en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 1.221 de 2014 instados por procurador don José Antonio Fente Delgado en nombre y representación de doña Susana Villodre Diéguez, contra don Frank Eleazar Montilla Rodríguez, en los que se ha dictado, en fecha 7 de octubre de 2015, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimar en parte la demanda formulada por el procurador señor Fente Delgado en nombre y representación de doña Susana Villodre Diéguez, frente a don Frank Eleazar Montilla Rodríguez, aprobando las siguientes medidas que regularan las relaciones entre las partes con su hijo menor Daniel Alejandro Montilla Villodre nacido el 5 de abril de 2009.

1. Se atribuye el ejercicio exclusivo de la patria potestad y la guarda custodia del menor a la madre.

2. Se suspende el régimen de visitas y estancias del menor con el padre en tanto no cambien las circunstancias.

3. En concepto de alimentos para el menor Daniel Alejandro Montilla Villodre su padre deberá contribuir con la cantidad de 250 euros mensuales que abonará en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la madre.

Los gastos extraordinario serán abonados al 50 por 100 por cada uno de los progenitores.

La pensión será actualizada en enero de cada año conforme al incremento de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo competente.

No se hace especial pronunciamiento respecto de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2374-0000-39-1221-14 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55-0049-9200-0500-1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada, y en el campo “Observaciones o concepto” se designarán los siguientes dígitos 2374-0000-39-1221-14.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de don Frank Eleazar Montilla Rodríguez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica esta a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Fuenlabrada, a 14 de octubre d e2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.757/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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