Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
10-11-2015

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151110-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

75
Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz sustituto de Valdemanco

SECRETARÍA DE GOBIERNO

EDICTO

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

3. Doce.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Valdemanco.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Valdemanco, en la que se propone el nombramiento de don Fernando Gómez Martínez para el cargo de juez de paz sustituto; aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 9 de enero de 2015, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: nombrar juez de paz sustituto de Valdemanco a don Fernando Gómez Martínez.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e instrucción de Torrelaguna, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdemanco, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de octubre de 2015.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/31.875/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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